Cloverdale Scouts Cabin ADA Improvement Project En españo
Published: July 10, 2025
El 22 de julio de 2025 o alrededor de esa fecha, la Comisión de Desarrollo Comunitario del Condado de Sonoma presentará una solicitud al Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos para la liberación de $242,896 en fondos de Subvenciones en Bloque para el Desarrollo Comunitario/Subvenciones de Ayuda según lo autorizado por la Ley de Vivienda y Desarrollo Comunitario de 1974, Título I, Ley Pública 93-383, 88 Stat. 633, 42 U.S.C. 5301-5321, en su versión modificada, para llevar a cabo un proyecto conocido como “Cloverdale Scouts Cabin ADA Improvement project” con el fin de realizar mejoramientos en un edificio público para la accesibilidad.
Este proyecto está ubicado en 450 West 2nd Street, Cloverdale, Sonoma County, California 95425-3352 (APN 001-051-023): El proyecto eliminará las barreras a la accesibilidad para las personas con discapacidad mediante la implementación de los mejoramientos. La Cabaña de los Scouts sirve a la comunidad como espacio para reuniones y clases para los jóvenes, reuniones deportivos y comunitarios durante todo el año. La Cabaña Scout carece de acceso para discapacitados a la entrada del edificio, así como a las instalaciones interiores. El proyecto eliminará las barreras de accesibilidad externas del edificio mediante la instalación de una rampa de acero, rellano y puertas exteriores conformes con la ley ADA, así como eliminarán las barreras de accesibilidad internas mediante la instalación de puertas y ventanas en las instalaciones de baño y cocina conformes con la ley ADA. Los fondos apoyarán la planificación, el diseño y la ejecución de los mejoramientos como están detallados en el expediente de revisión medioambiental.
El costo total del proyecto se estima en $302,135.
Las actividades propuestas están categóricamente excluidas de los requisitos de la Ley Nacional de Política Ambiental (NEPA) en virtud de la normativa del HUD (24 CFR Parte 58). El Registro de Revisión Ambiental (ERR) que documenta las determinaciones ambientales para este proyecto está disponible en línea en la página de internet de HUD, utilizando la siguiente URL: https://cpd.hud.gov/cpd-public/environmental-reviews
Comentarios del Publico
Cualquier individuo, grupo, o agencia puede someter comentarios por escrito sobre el expediente de revisión ambiental a Veronica Ortiz-De Anda, Comisión de Desarrollo
Comunitario del Condado de Sonoma, 141 Stony Circle, suite 210, Santa Rosa, CA 95401 o por correo electrónico a: Veronica.Ortiz-DeAnda@sonomacounty.gov. Todos los comentarios recibidos en o antes del 21 de julio de 2025, serán considerados por la Comisión de Desarrollo Comunitario del Condado de Sonoma antes de autorizar la presentación de una solicitud de liberación de fondos.
Certificación Ambiental
La Comisión de Desarrollo Comunitario del Condado de Sonoma certifica a U.S. HUD que Michelle Whitman, en su capacidad de Directora Ejecutiva, consiente en aceptar la jurisdicción de los Tribunales Federales si se presenta una acción para hacer cumplir las responsabilidades en relación con el proceso de revisión ambiental y que estas responsabilidades han sido satisfechas. La aprobación de la certificación por parte del U.S. HUD satisface sus responsabilidades en virtud bajo las leyes de NEPA y autoridades relacionadas, y permite a la Comisión de Desarrollo Comunitario del Condado de Sonoma utilizar los fondos del Programa.
Objeciones a la Liberación de Fondos
U.S. El HUD aceptará protestas a su liberación de fondos y a la certificación de la Comisión de Desarrollo Comunitario del Condado de Sonoma durante un período de quince (15) días a partir de la fecha prevista de presentación o de su recepción efectiva de la solicitud (lo que ocurra más tarde) sólo si se basan en uno de los siguientes motivos: (a) la certificación no fue ejecutada por el funcionario certificador de la Comisión de Desarrollo Comunitario del Condado de Sonoma; (b) la Comisión de Desarrollo Comunitario del Condado de Sonoma ha omitido un paso o no ha tomado una decisión o constatación requerida por la normativa del HUD en 24 CFR parte 58; (c) el beneficiario de la subvención u otros participantes en el proceso de desarrollo han comprometido fondos, incurrido en costos o emprendido actividades no autorizadas por 24 CFR parte 58 antes de la aprobación de una liberación de fondos por parte del U.. S. HUD; o (d) otra agencia federal que actúe en virtud de 40 CFR Parte 1504 haya presentado una declaración por escrito en la que indique que el proyecto no es satisfactorio desde el punto de vista de la calidad medioambiental. Las protestas deberán prepararse y presentarse de acuerdo con los procedimientos exigidos (24 CFR Parte 58, Sec. 58.76) y deberán dirigirse a la Oficina de Planificación y Desarrollo Comunitario, Región IX del HUD de EE.UU., por correo electrónico a RROFSFRO@hud.gov o por correo postal a HUD San Francisco Regional Office, One Sansome Street, suite 1200, San Francisco, CA 94104 . Los posibles objetores deberán ponerse en contacto directamente con el HUD para confirmar el último día real del plazo de objeción.